miércoles, 20 de agosto de 2014

La constitución civil del clero


Pará¡ás, 12.7.1790 -œ La Asamblea cons­tituyente aprueba una constituciá¢án
civil para el clero, que de hecho
separa a la Iglesia francesa de la
autoridad romana y convierte a los
sacerdotes en funcionarios del estado.
La iglesia queda estructurada en 83
obispados, que se agrupan a su vez
bajo arzobispados. Tanto el cura de
parroquia como el arzobispo deberá án
ser elegidos en el futuro por el voto
de los feligreses.
Reconoce la supremacá¡áa espiritual
del papa, pero no su jurisdicciá¢án
sobre el clero nacional. La mayorá¡áa
de los sacerdotes se negará¡áa a prestar
juramento a la constituciá¢án (que in­cluye el nuevo ordenamiento eclesiá á­stico) y estallará¡áa entonces, de ma­nera abierta, el conflicto entre la
iglesia y la revoluciá¢án. Y cuando la
Asamblea aprueba un decreto contra
los sacerdotes rebeldes, á‚ástos se
convierten en ná£ácleo del movimiento
contrarrevolucionario.

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